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Abril 2013
Resoluciones con lógica comercial (más que jurídica)

En una entrevista con IJ Profesional, el Dr. Roque Caivano, gerente jurídico de la Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales, expuso las principales cuestiones concernientes a la mediación y el arbitraje en la Argentina.

Gentileza www.ijprofesional.com

La Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales es una entidad sin fines de lucro; fue creada en 1905 con el objetivo de facilitar la comercialización de granos y su primera prioridad fue la de resolver los conflictos que pudieran surgir de los contratos; pero no únicamente aquellos relativos a la calidad de la mercadería, sino también los derivados de las obligaciones, como incumplimientos o desentendimientos que pudieran plantearse entre las partes. En síntesis, que aquellos conflictos del sector fuesen resueltos dentro del mismo, entre sus pares.

Explica el Dr. Roque Caivano, gerente jurídico de la Cámara Arbitral, que “la característica que distingue la Cámara de otros centros de arbitraje es que los árbitros no son abogados ni resuelven ‘en Derecho’; son productores y comerciantes en granos, que laudan en equidad, ‘a su leal saber y entender’. Lo que las partes buscan de un tribunal, como esta Cámara, es una Justicia administrada por sus propios pares, que entiendan la lógica, los usos, las prácticas y hasta la jerga del negocio.

Y agrega: “La idea es que los conflictos nacidos de contratos comerciales sean resueltos con una lógica más comercial que jurídica. De todas maneras, siempre se cuida la legalidad del procedimiento y de las decisiones que se toman cómo tribunal arbitral; justamente esa es la función que cumplo desde hace más de 30 años. Quienes deciden cada uno de los casos son los árbitros, que representan todos los sectores de la cadena agroindustrial; pero mi deber es velar porque el procedimiento respete las garantías legales y los laudos puedan, luego, ejecutarse compulsivamente”.

En la Argentina, la legislación sobre arbitraje está desactualizada respecto de otros países del continente, que han actualizado sus normas legales en la materia o que están en proceso de hacerlo; sin embargo, eso no impide que el arbitraje se lleve a cabo con éxito.

“En el comercio de granos, casi todos los contratos tienen una cláusula sometiendo las disputas que puedan nacer de ellos a arbitraje de alguna de las cámaras arbitrales de cereales. En esta Cámara se resuelven aproximadamente 50 casos por año.

Originalmente, los casos eran sólo referidos a contratos de compraventa de granos. Hoy estamos en un proceso de diversificación y, aunque siempre dentro de lo agropecuario, en los últimos años hemos resuelto muchos casos vinculados con arrendamientos, con comercialización de frutas y con complejos contratos para la explotación conjunta de actividades portuarias o productivas”, concluye el Dr. Roque Caivano.