¿Qué beneficios principales tiene la mediación?
A. Confidencialidad:
El mediador tiene estricta obligación profesional de guardar confidencialidad sobre la naturaleza del reclamo, las partes, todo lo conversado antes, durante y después del fin de la mediación. Todas las partes presentes en la mediación habitualmente firman un convenio de confidencialidad.

B. Voluntariedad:
Ambas partes no están obligadas a permanecer en el proceso de mediación si perciben que sus verdaderos intereses no están siendo satisfechos. Pueden participar mientras perciban que avanzan hacia la satisfacción de sus necesidades.

C. Imparcialidad del mediador:
El mediador se rige por un código de ética escrito, disponible en el sitio de Internet del Centro. No tiene interés personal ni económico (mas allá del cobro de sus honorarios, que son clarificados al inicio del proceso) en el resultado de la disputa. Debe informar a las partes antes del comienzo de las reuniones sobre cualquier tipo de relación que pudiera tener con alguna de las partes. Las partes pueden recusar sin causa al mediador en caso de percibir que el mediador no será imparcial en el caso en cuestión.

D. Celeridad:
Mientras se estima que una disputa lleva aproximadamente entre 3 a 4 años para resolverse mediante un proceso judicial, la mediación permite que la misma disputa pueda concluir de 2 a 3 meses.

E. Economía:
Los honorarios del /de la mediador/a y de los profesionales de parte son de un monto razonable, teniendo en cuenta el tiempo dedicado. Los honorarios son acordados conjuntamente por las partes y el profesional, antes del inicio del caso.
A modo indicativo, los honorarios del mediador/a en la mediación se fijan según la hora de trabajo, a razón de $600 por hora, a ser pagado por ambas partes.

F. Activa participación de las partes:
La mediación permite y fomenta una activa participación de los clientes para la resolución de sus disputas. La creatividad y la activa participación de las partes permiten arribar a acuerdos o muchas veces difíciles de lograr en otros ámbitos rígidos, como por ejemplo el judicial.

G. Mejora en la relación entre las partes:
La mediación esta orientada al futuro. Es extremadamente beneficiosa en aquellas disputas que se produjeron en personas físicas o jurídicas que necesitan preservar las buenas relaciones en el futuro (socios, proveedores, etc.)
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