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Noviembre 2013
“El arbitraje, un medio cada vez más necesario”

El Dr. Eduardo Roca es socio fundador del Estudio Roca & Sarrabayrouse. Fue árbitro tercero en tribunales de la ICC y embajador argentino ante la O.E.A., los EE.UU. y la O.N.U. En esta charla con M&A, habla sobre la negociación diplomática, el arbitraje como solución a muchos problemas y algunas de sus características que pueden simplificarlo (o complicarlo).
El Dr. Eduardo Roca es socio fundador del Estudio Roca & Sarrabayrouse. Ha sido designado árbitro tercero en diversos tribunales arbitrales, tanto de la Internacional Chamber of Comerce (ICC) como creados de acuerdo con las cláusulas contractuales pactadas por las partes. Posee también una vasta carrera como embajador argentino ante la O.E.A. (1966-1968), ante el Gobierno de los EE.UU. (1968-1969) y ante la O.N.U. (1982), lo que le aportó herramientas para ejercer luego como árbitro. Es además autor de libros y diversas publicaciones históricas, jurídicas y sobre relaciones exteriores.
“La negociación diplomática es muy distinta a la tarea arbitral”, comienza asegurando. Y explica que, en la primera, uno representa intereses nacionales distintos, condicionados por causas históricas y económicas muy complejas y un gobierno cuyos miembros tienen posiciones diferentes que se deben conciliar; se actúa como parte y no como juez. En tanto, en la segunda, el único interés del árbitro es el de dar a cada uno lo suyo, con presencia de la equidad; tal factor es mayor en los casos de amigable composición que en los de derecho.
Sin embargo, según su experiencia, en ambos es esencial buscar un convencimiento común entre los representes de cada parte, del cual surja, a juicio de los negociadores, una solución de mayor viabilidad. “Cuando los representantes de los países se conocen entre sí y tienen experiencia, la probabilidad de éxito es mucho mayor. De ahí, la importancia de un cuerpo diplomático permanente cuyos miembros, a lo largo de su vida, han compartido destinos con los de otra nación conociéndose personalmente”, analiza el Dr. Roca.
Específicamente, para laudar justamente en sus arbitrajes, toma como base entender cuál es el marco de la controversia y lo prescripto por el derecho positivo y luego, según las circunstancia, agrega las razones de equidad más claramente percibidas. Afirma que “el cambio de ideas entre los árbitros ayuda mucho a encontrar fórmulas adecuadas de solución; por eso, la composición por tres árbitros es necesaria. Valoro también el comportamiento de las partes antes y durante el procedimiento. Todo lo que pienso está cabalmente expresado por el Dr. Pablo Heredia en un juicio reciente, cuyos párrafos pertinentes adjunto”.
Y cuando el conflicto parece demasiado complejo, para laudar “dejo de lado las preocupación de las consecuencias del laudo y preparo mi voto ateniéndome a mi parecer sin tener en cuenta la opinión de los colegas”. Cuando cada uno expresa su voto, el Dr. Roca repasa y, eventualmente, corrige el suyo. Y, si la materia de los problemas lo permite, procura que sean designados de oficio expertos que opinen e ilustren al tribunal.
La solución para (varios) problemas
“Estoy convencido de que el arbitraje será escogido en la Argentina cada vez más como medio más necesario que alternativo, debido al comportamiento racional con que se manejan directores o ejecutivos; salvo excepciones, toman el conflicto como uno más de los tantos problemas que enfrentan”, comparte el Dr. Roca.
Y explica que, cuando alguna de las partes no es una empresa, sino más bien una sociedad de personas, el curso de esos arbitrajes es difícil porque introduce factores personales que perturban el juicio. Por lo demás, aún cuando el arbitraje es decididamente menos gravoso que la controversia judicial, obliga a gastos inmediatos de cierta importancia (peritos, instalaciones aptas para los testigos, audiencias en el extranjero por medios electrónicos, etc.) que gravitan sobre la parte menos empresaria y que recurren a oposiciones propias de un litigio áspero para disminuir o dilatar su responsabilidad. “Esto hace muy aconsejable, ante ese desequilibrio, utilizar la mediación.”
Y, si bien, de acuerdo con la experiencia del letrado, son escasas las sentencias que revoquen los laudos, “creo que es una posibilidad que hace más aconsejable para las empresas aceptar la cláusula compromisoria”. Recuerda que, en sus quince juicios, en sólo un caso se interpuso, sin éxito, el recurso.
Y agrega que una solución natural para sentar jurisprudencia sin afectar la confidencialidad del arbitraje surge de los laudos que, debido a una apelación, adquieren automáticamente estado público; “no son pocos.”
Por otra parte, lo que puede obtenerse es que las abogados intervinientes, al quedar firme el laudo, preparen una minuta que abstractamente indique los criterios adoptados por el tribunal. “De tiempo en tiempo, será interesante publicar una recopilación de estos casos. Es lo que hace la ICC y durante algunos años hizo el Tribunal de la Bolsa, pero la costumbre ha cesado. Serviría mucho que el Centro organice algo parecido”, concluye el Dr. Roca.
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