Diciembre 2014
“Nuestro objetivo es siempre tratar de no llegar a dictar el laudo”
Visitamos el Estudio Allende & Ferrante para hablar con sus socios, los Dres. Lisandro Allende y Gustavo Ferrante. Hablaron sobre los orígenes del arbitraje, los desafíos vigentes en materia legislativa y las estrategias que utilizan para acercar a las partes hacia una resolución consensuada.
Medyarb: Dr. Ferrante, ¿cómo se inició en materia de resolución alternativa de conflictos?
G.F.: Mi especialización inicial fue el derecho laboral. Hace unos 40 años, mi primer trabajo mientras estudiaba abogacía fue en una Secretaría de conciliación del Ministerio de Trabajo, lo cual fue una experiencia muy enriquecedora. Allí trataba temas de conciliación laboral individuales, así como también temas vinculados a conflictos colectivos y negociación colectiva. El proceso laboral favorece la negociación en todas sus instancias y el derecho colectivo era y sigue siendo un proceso de pura negociación y conflicto. De hecho, la ley de Conciliación Laboral Obligatoria establece para la Ciudad de Buenos Aires la instancia previa de conciliación obligatoria, que en lo personal considero ha traído beneficios para las rápida solución de conflictos. Esta característica del ámbito laboral, me ha dado una fuerte impronta a la hora de abordar otras especialidades, como puede ser el derecho empresario. Creo que el abordaje de los conflictos desde el punto de vista de la conciliación marca una forma de ejercicio profesional: no se piensa en el puro litigio como ´{única alternativa de solución de conflictos.
Medyarb: ¿Qué características reúne un buen conciliador?
G.F.: En primer término, tiene que saber de la materia. Creo que es muy importante que el conciliador o mediador sepa de qué se está hablando. En segundo lugar, tiene que tener una capacidad para determinar qué es lo que produce el conflicto, cuál es el tema central en discusión. Solamente conociendo el tema, el conciliador puede ayudar a las partes a llegar a un gana-gana, ya que sin esto, no hay conciliación exitosa.
Medyarb: Dr. Allende, ¿cree que existe una tendencia a adoptar el arbitraje como método de solución de conflictos, al menos a nivel comercial?
L.A.: Sí, creo que la tendencia es innegable. Quizás en la Argentina es menos visible que en otras jurisdicciones por una cuestión de volumen. Por ejemplo, en el hemisferio norte, al manejar mayores volúmenes de casos, todo estudio jurídico de cierta envergadura cuenta con un departamento o sector de resolución alternativa de conflictos.
Medyarb: ¿Por qué cree que se da esta tendencia?
L.A.: Creo que esta tendencia se da mundialmente por una cuestión de afinidad del abogado con el método arbitral. Si uno lo analiza históricamente, el arbitraje fue un invento de los comerciantes en la Edad Media. Los primeros árbitros eran comerciantes y buscaban a un tercero que entendiera del tema para resolver sus conflictos. Es decir, que el arbitraje es un invento del comercio; es más, los primeros árbitros no eran abogados. Posteriormente, se empezó a objetivar la norma, a establecerse las primeras pautas. Creo que lo que está pasando es un poco la vuelta a aquel origen. Lo que encontramos hoy es que las empresas (sobre todo las grandes) solicitan incluir la cláusula arbitral y dan por sentado que si ocurre algún problema lo van a resolver por esta vía.
Medyarb: Y esto, como consecuencia de una reducción de los tiempos y costos…
L.A.: Tiempos, sí, pero más que nada la clave es la flexibilidad. La flexibilidad en el proceso arbitral es lo que marca la diferencia, en tanto en un arbitraje pueden existir medios de prueba que no se consideran en los tribunales, el diálogo con el árbitro es abierto y además el árbitro –por ejemplo, del CEMA- es un par del abogado, alguien de la plaza local, lo que facilita mucho el proceso.
G.F.: Comparto con Lisandro, lo distintivo es la inmediatez del contacto. En la parte judicial el contacto con el juez es ocasional. En la mediación y el arbitraje, la regla es el contacto.
L.A.: Exacto. Y aquí volvemos a la cuestión del volumen: un juez no podría estar todos los días en contacto con el caso o con las partes, algo que sí puede permitirse un árbitro. Asimismo, el árbitro utiliza medios más modernos para comunicarse, tales como el e-mail. Todo esto facilita la comunicación.
Medyarb: ¿Cómo evalúan la legislación argentina en materia de arbitraje?
L.A.: Creo que estamos mejor pero todavía le falta aggiornarse. Sería mejor, en mi opinión que hubiera normas no tan precisas o detalladas sino más bien un marco general de referencia que dé más libertad a los árbitros y que, por sobre todo, apunte fuertemente a que la instancia termine con el laudo, sin ninguna duda.
G.F.: Así es. El laudo tiene que ser la última instancia. Si queremos que el arbitraje sea una herramienta verdaderamente útil tenemos que llegar a un sistema en el cual la excepcionalidad sea la no ejecución.
Medyarb: Muchos árbitros destacan la necesidad de una Ley Federal de Arbitraje. ¿Cuál es su opinión al respecto?
L.A.: En mi opinión no es necesaria, más que nada por los volúmenes que se manejan en el interior del país. Las leyes sirven cuando han sido primero consensuadas social o culturalmente: la ley como una consecuencia de un hecho que se verifica por sí mismo. Cuando ocurre al revés, las leyes no funcionan. Cuando el arbitraje penetre o llegue a todo el país no va a hacer falta discutir si dictar una ley o no, va a caer por su propio peso.
G.F.: Además, los alcances de una Ley Federal de Arbitraje serían muy limitados ya que la vigencia de la misma va a estar sujeta a las adhesiones del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de cada una de las Provincias, lo cual no es fácil de lograr en las actuales circunstancias.
Medyarb: ¿Qué estrategias o técnicas pueden utilizarse durante un proceso de resolución de conflictos para acercar a las partes?
L.A.: Creo que establecer el diálogo como pauta es la mejor estrategia posible: brindar a las partes la mayor cantidad de audiencias posible antes de cada una de las resoluciones importantes del proceso. Como eje, siempre dar un tiempo para ver si las partes están dispuestas a llegar a un acuerdo consensuado. Nuestro objetivo es siempre tratar de no llegar a dictar el laudo.
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