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  ENTREVISTA

 


Septiembre 2017
“Los arbitrajes son procesos vivientes”

Entrevistamos al Dr. Luis Dates, abogado y socio de la firma Baker McKenzie Abogados a cargo de las áreas Dispute Resolution y Public Law, que nos comenta su parecer respecto a la actualidad del arbitraje en Argentina y destaca la figura de los dispute boards, como método alternativo para la resolución de conflictos en proyectos de infraestructura.

Medyar: ¿Cómo es la actividad de Baker McKenzie en materia arbitral?

L.D.: El estudio siempre tuvo una actividad importante en materia de litigios, pero también en temas de arbitraje. Hace algunos años afortunadamente ha cobrado más fuerza. Creo que el Código Civil, a pesar de ciertas deficiencias técnicas relativas principalmente a la impugnación de los laudos, ha puesto nuevamente sobre la mesa al arbitraje como método de resolución de conflictos.

Medyar: ¿Ve al arbitraje como una herramienta para atraer las inversiones extranjeras?

L.D.: Ciertamente. Entiendo que uno de los puntos más importantes para promover cualquier tipo de inversión extranjera, es darle al inversor mecanismos eficientes para resolver sus conflictos. Desafortunadamente, nuestro país no tiene un buen track record en materia de resolución de conflictos con inversores extranjeros. De hecho, desde el estudio aún estamos participando en arbitrajes derivados de la crisis del 2001/2002 en materia de pesificación de determinado tipo de contratos. Lo cierto es que el inversor siempre analiza no sólo el retorno que va a tener, sino también los mecanismos de salida y, claramente, la resolución de conflictos es uno de los puntos más observados.

Al arbitraje se le ha dado un fuerte espaldarazo con la ley de Participación Público Privada (PPP). Ésta ha admitido y reconocido la importancia del arbitraje como método de resolución de conflictos en contratos de cierta envergadura y, además, ha introducido un nuevo método de resolución de conflictos muy usual en el campo internacional en contratos de construcción, -aunque no tan utilizado en Argentina-, que son los dispute boards. Se trata de paneles técnicos, que se implementan en proyectos de infraestructura o contratos de larga duración y que permiten resolver los conflictos durante la ejecución del contrato. Me parece que es una herramienta que debería tener una muy buena recepción.

Medyar: ¿Considera que el cambio de panorama del arbitraje viene de la mano de esta Ley?

L.D.: Sí, pienso que es una mezcla de cosas. Por un lado, más allá de cómo terminó saliendo la regulación del arbitraje en el Código Civil, lo cierto es que se puso nuevamente en escena el arbitraje. Fue una primera aproximación, más allá de otros proyectos que se fueron discutiendo y de las iniciativas del Ministerio de Justicia que empezó a trabajar fuertemente en una regulación autónoma del arbitraje. Por otro lado, el cambio de gobierno sucedió con posterioridad a la entrada en vigencia del Código Civil y una de las primeras normas –estructural, en términos de inversión extranjera- fue la regulación de los contratos de participación Público – Privada. Y ahí, nuevamente se le presta especial atención no sólo al arbitraje tradicional o internacional, sino también a este mecanismo que mencionaba antes de los paneles técnicos.

Medyar: Podría desarrollar un poco más la figura de los dispute boards o paneles técnicos…

L.D.: Los paneles técnicos son un mecanismo diferente, pero no así excluyente del arbitraje. Permiten resolver los conflictos durante la ejecución de la obra, mediante soluciones eficientes y recomendaciones vinculantes o no. Los dispute boards, permiten una importante reducción de costos de litigación para los inversores extranjeros porque actúan como mecanismos de prevención de grandes conflictos.

Medyar: ¿Cómo funcionan?

L.D.: Estos paneles técnicos se conforman generalmente cuando comienza la obra y, dependiendo de su naturaleza, van tener distintas funciones. En general, los conflictos en materia de construcción están relacionados con mayores costos y la demora en los tiempos, elementos esenciales de cualquier contrato de esta naturaleza. La función del panel, es analizar si el contrato se está cumpliendo de acuerdo a lo pautado, si existe algún tipo de desviación económica, si ciertas modificaciones que se van produciendo en el proyecto repercuten o no en la ejecución del contrato, en el precio, etc. Lo que hace el panel técnico es t meterse de lleno en el proyecto para tratar de resolver el conflicto cuando éste ni bien se presenta. Se trata de una alternativa al arbitraje y también al juicio.

Creo que es una figura que va a cobrar cada vez más relevancia, si bien todavía no se le ha dado mucha difusión. Además, se va a crear un registro de los especialistas que pueden eventualmente participar en estos paneles técnicos, lo que va a requerir una cierta profesionalización.

Medyar: ¿Cree que todos los casos son pasibles de ser resueltos mediante el arbitraje?

L.D.: Cuando nuestros clientes nos consultan sobre esto, nuestra respuesta suele ser “depende”; depende de qué tipo de conflicto. Por ejemplo, no creo que para un reclamo de suma de dinero instrumentada por facturas o por título de crédito, lo más aconsejable sea ir a un arbitraje. No obstante, sí existen determinados conflictos, donde las controversias son un poco más sofisticadas, como puede ser en casos vinculados a fusiones y adquisiciones o casos de construcción, donde es recomendable el arbitraje.

Esto requiere por parte de los abogados, una mayor creatividad en la imaginación de posibles escenarios de conflictos para establecer las soluciones más adecuadas. No creo que todos los casos puedan ser arbitrables o llevados a la justicia, sino que depende de cada caso, del cliente, la contraparte, la estrategia, entre otros factores. Por otro lado, yo creo que tenemos una Justicia Comercial, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, muy respetada y que actualmente está funcionando adecuadamente. Los tiempos se han acortado muchísimo, con lo cual el factor temporal ha dejado de ser el único factor en la elección de la vía de resolución del conflicto.

Medyar: ¿Cuál en su opinión respecto del anteproyecto de ley de arbitraje comercial internacional?

L.D.: Creo que es necesario adoptar una ley más moderna, así que celebro toda iniciativa que implique adaptar la normativa local a los estándares más competitivos en materia de mercados internacionales. Me parece muy importante esta regulación y creo que debería tener una regulación autónoma en Argentina.

El arbitraje es una herramienta y, como tal, que tiene sus ventajas y desventajas. Los arbitrajes son procesos vivientes, en muchos casos más flexibles que los juicios en tanto te permiten entrar y salir del conflicto de una manera más eficiente. La comunidad jurídica en argentina tiene experiencia en materia de arbitraje, no sólo por parte de los jueces que en el último tiempo han mostrado en sus fallos una interpretación armónica respecto del nuevo código, sino también en materia doctrinal.

En mi experiencia personal, nuestras consultas en materia de arbitraje han aumentado mucho en el último tiempo y desde el estudio estamos más activos en este aspecto. Creo que Argentina tiene una oportunidad muy grande y nosotros en Baker & McKenzie tenemos la ventaja de tener mucha exposición internacional y de poder nutrirnos de los aportes y experiencias de nuestros colegas en otras jurisdicciones.