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  NOVEDADES

 


Junio 2020
Arbitrajes y Mediaciones Online en el Centro Empresarial

Emilio Vogelius, presidente de nuestra institución, explica cómo el Centro se ha reformulado en virtud del contexto actual y de qué forma se pueden iniciar y llevar a cabo arbitrajes y mediaciones 100% de forma online, incluso sin necesidad de haber pautado una cláusula compromisoria con antelación.

Centro Empresarial: ¿Cómo está transitando el Centro Empresarial el escenario actual signado por la aparición del COVID y el consecuente aislamiento social obligatorio?

E. V.: Diría que, de la mejor manera posible, dado el difícil contexto. La cuarentena y sus consecuencias nos han obligado a actuar creativamente para buscar la mejor forma de seguir prestando los medios para la solución de conflictos. Así, hemos previsto la posibilidad de tramitar tanto mediaciones como arbitrajes por vía virtual, eludiendo así los inconvenientes que acarrea la pérdida de movilidad y cercanía a que obliga la cuarentena.
De hecho, ya hemos recibido un primer proceso de arbitraje iniciado por vía virtual. Cierto es que la vía digital no suple el procedimiento presencial (esta última es una palabra que aprendimos en los últimos tiempos) ya que se pierde la relación que permite la charla y también la posibilidad de conocer el lenguaje gestual. Pero es lo habitual en esta época en la que vivimos en reuniones virtuales.

Centro Empresarial: ¿Cuáles cree son o serán los efectos de la pandemia en el poder judicial?

E. V.: Seguramente la extensa cuarentena va a traer una sobrecarga de trabajo al poder judicial. Los meses en los que no se han podido iniciar y continuar procesos son meses que habrá que agregar a la espera de una decisión final. Esto, no sólo por el desarrollo normal de tareas, sino también por la existencia de plazos procesales que no es posible abreviar. Si vale un ejemplo, el plazo para contestar una demanda es un número cierto de días hábiles y no importa si para iniciar o notificar la demanda hayan transcurrido varias veces ese número de días. El tiempo debe extenderse y los plazos deben cumplirse. Más allá de la incertidumbre para las partes que implica tener que vivir con un proceso abierto, súmense los intereses por el tiempo transcurrido y podrá apreciarse que la cuarentena judicial tiene efectos sencillos de visualizar e inmediatos. No es gratis, y esto sin entrar a elucubrar sobre la inconveniencia de tener que trabajar en lo que se pueda con la incógnita de un resultado o una reserva extendida en el tiempo en un balance o sin percibir honorarios en el caso de los auxiliares de la justicia. La demora en el reconocimiento de los derechos es un perjuicio para las personas por el sólo hecho de la demora.

Centro Empresarial: En este complejo escenario, ¿la mediación y el arbitraje constituyen una alternativa válida?

E. V.: La respuesta es sí. Es posible acudir a los medios alternativos de solución de conflictos como la mediación y el arbitraje. Y no es necesario que este medio haya sido previsto en el cuerpo de un contrato. Puede ser pactado por las partes con posterioridad, al momento de conocer la existencia del conflicto o después. De ser así el reglamento del Centro Empresarial provee el marco adecuado para transitar el conflicto hasta su solución. Esto como dijimos puede hacerse sin esperar el fin de la feria judicial ya que se prevé el uso de medios virtuales.

Centro Empresarial: ¿Qué más le diría a una persona física o jurídica que esté atravesando por una situación de conflicto en este momento?

E. V.: Hace ya unos años que tuve la oportunidad de conocer el mundo de la mediación y el arbitraje y sí, muchas veces pienso porqué no se lo usa más.
Entrando ya en el caso del arbitraje, por un lado, permitiría descomprimir el trabajo del Poder Judicial y por otro advierto que es un medio que brinda la posibilidad de pactar, y consecuentemente conocer, los costos de un proceso de manera cierta sin estar a las resultas de una regulación cuyo monto es desconocido. Es que, en un arbitraje, dentro de las reglas del Centro Empresarial, todo puede ser pactado entre las partes involucradas: la forma de realización de las pruebas, la persona del perito que pueda ser elegido, sus honorarios, etc. Hasta los honorarios del o de los árbitros pueden ser conocidos. Esto quita a una disputa esa aura de incertidumbre: ¿cuánto durará?, ¿cuánto me costará?, ¿quién será el que juzgue?, ¿a quién designarán como perito, será bueno, conocerá el tema? Todas estas preguntas pueden ser contestadas. Basta para ello conversar y negociar entre las partes. Con ello se gana previsión, lo que de por sí es un ahorro, más allá del ahorro en el costo del proceso.
Con esto, quiero significar que en arbitraje hay infinidad de cuestiones que negociadas entre las partes pueden ayudar a aliviar el costo de un proceso. Para ello es necesario que las partes y sus letrados hablen, presencial o virtualmente, y decidir no sobre el proceso, sino sobre cómo llevar adelante el litigio para lograr la mejor solución y la menos costosa para sus representados.